Tras darse a conocer que la influencer “Yosstop” fue detenida y remitida al penal de Santa Marta Acatitla, por el delito de posesión y distribución de pornografía infantil, las opiniones al respecto han sido diversas y muy contrarias entre sí, sin embargo, en el tema jurídico, este asunto tiene mucha tela de donde cortar, y en esta pequeña contribución, intentaremos responder si existe o no un delito imputable a la famosa youtuber.

El Delito contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, en este caso, pornografía infantil, es un delito grave en nuestro código penal federal y en diversos códigos estatales, en específico,  en el artículo 202 del Código penal federal y 187 del código penal de la CDMX, se señala, por mencionar, que se sancionara de 7 a 12 años de prisión, a quien describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de dieciocho años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo.

Como vemos, el código penal es muy claro con respecto a la conducta de pornografía infantil, sin embargo, los supuestos, deben de ser demostrados, no solo acusarlos mediáticamente.

En el caso de la influencer, se le ha imputado una conducta sancionada, todo ello, originado de su video publicado en el 2018, titulado, “Patética Generación”, en la cual, haciendo uso de sus redes sociales y canales de streaming, menciona, comenta y medio describe lo sucedido a la menor victima hoy de violación equiparada y pornografía infantil.

“Patética Generación”, se convirtió en un video, que, a punto de vista de los abogados de la víctima y autoridades ministeriales, describe actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales en que participan varias personas menores de dieciocho años de edad, lo que genera una conducta penal sancionable, en contra de la youtuber, a la cual, todavía se le acusa de haber lucrado y obtenido un beneficio económico de la exposición de un delito.

¿Pero es cierto?

Bien, después de haber revisado el video de la youtuber, así como diversos videos tanto de la víctima, como de ambas, todos ellos de dominio público, localizables en diversas redes sociales, de forma objetiva podemos desde un punto de vista jurídico, señalar que:

1.- La Youtuber Yosstop en su video “Patética Generación”, no exhibe a la víctima, sin embargo, si describe un video que ella vio y le hicieron llegar, lo que podría jurídicamente, posicionarla en el supuesto de los artículos penales antes mencionados, en especial en el párrafo que se habla sobre la descripción de un acto lascivo sexual, en que participan varias personas menores de dieciocho años de edad, en el particular, una víctima menor de edad, y 4 victimarios menores de edad.

Sin embargo, resaltando, que la youtuber dio más énfasis a las consecuencias posteriores sucedidas entre los involucrados con la víctima, que en el video en sí.

Error de la youtuber, opinar sobre un tema delictivo, donde estuvieron involucrados menores, de una forma irresponsable comportándose como si ella tuviera la misma edad que los involucrados.

Describir un acto de una forma lisa, todo ello, sin tomar las precauciones respectivas.

2.- Aunque los abogados de la víctima, le han dado, más relevancia lógicamente, a la Youtuber e influencer que, a los mismos violadores, lo cierto, es que, así como el video “Patética Generación” es un medio para acusar a la influencer, los demás videos existentes en las redes, son pruebas que acreditan tanto la inocencia de la misma, como cierto dolo en el actuar hacia su persona.

¿CONDENARAN A LA YOUTUBER?

Jurídicamente con una excelente defensa, podríamos decir que no, ya que, el acto que se le imputa, es la literalidad de la ley, concatenada con lo expuesto y manifestado por la youtuber en su video, mas no así el fondo del mismo asunto.

Es decir, aunque por el momento está en prisión preventiva oficiosa al tratarse de un delito grave, lo cierto, es que, si sus abogados son astutos en la audiencia de vinculación, podrán acreditar de igual forma con varios videos, que no existe la conducta y dolo acusado, sino todo lo contrario, existe un asunto mediático, y una conducta irresponsable, tanto de la youtuber, como de los adultos involucrados en este asunto.

Ahora bien, en caso de que no exista argumento, datos y elementos legales contundentes, la youtuber, será vinculada a proceso, y al ser un asunto mediático, y por el tipo de delito, el ministerio público solicitara 6 meses para cerrar su investigación, tiempo que, al tratarse de un delito grave seguido de oficio, deberá mantener a la influencer en prisión preventiva y en el cual, sus abogados defensores, deberán reunir las pruebas con las cuales acrediten la inocencia de su cliente.

En caso de llegar a juicio oral, consideramos, que la youtuber será absuelta del delito.

El punto interesante de este asunto, es que, con respecto a la influencer, minimizo el tema y no le dio la importancia necesaria y debida a su asunto, lo que culmino con su detención y reclusión en un centro de readaptación, ya que desde que se hizo mediáticamente pública la denuncia, debió ella o en su defecto sus abogados, prevenir y contrarrestar dicha acción, ya que, estar recluida y todavía ampliar termino, la deja en estado vulnerable.

Por otro lado, con respecto a la víctima, familiares y asesoría jurídica, toma relevancia que litiguen mediáticamente un asunto, minimizando la responsabilidad de los involucrados, minimizando las conductas tanto del delito y los victimarios, como de las acciones posteriores realizadas por la misma víctima, lo que puede culminar con una absolución del delito, por lo menos de la youtuber, la cual, no está demás decir, su único delito fue opinar e intentar informar un asunto, de una forma irresponsable y estúpida.

Conclusión

Se presume la existencia del delito de violación equiparada y pornografía donde están involucrados 4 menores de edad, sin embargo, Yosstop no es responsable de ello, su única responsabilidad, será basada en su opinión y su irresponsabilidad y tacto mediático, y eso, por el momento no es delito, ya que, si se sancionara únicamente lo que ella dice en su video, entonces, por lógicas razones, los demás videos donde aparecen tanto la víctima como ella, deberán servir para desvirtuar la conducta imputada.

Y ojo, por el bien de la víctima, las autoridades deben sancionar a los responsables de la violación, a los que grabaron el video, a los que lo difundieron, mas no a aquel que dé su opinión de una conducta, de un video que le llego, ya que, si esto es y será así, en breve veremos a miles de youtubers en prisión, los cuales ocupan dicha plataforma o redes, para describir supuestos actos o videos que ven en la Deep web o en la red convencional.

Y entiéndase, el delito y el derecho de la víctima debe subsistir, sin embargo, no se puede involucrar en un delito a persona ajena a este, solo por decir su opinión en una plataforma, más aun, cuando los probables responsables, están plenamente identificados y libres.

Es decir, no se puede involucrar a una persona, por el hecho de opinar en contra, haya o no delito, ya que, si existiera coherencia, entonces debería denunciarse, a todos los medios o influencers que opinaron del tema y describieron el video motivo de denuncia.

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