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Cuando se hace una propuesta o una iniciativa de ley, no se puede sólo enviar o realizar una ley que vaya totalmente en contra de una situación de moda, existe un proceso mediante la cual se debe hacer una revisión de la regulación que se crea o modifica y los efectos jurídicos y alcances que tiene la misma, así como de no crear iniciativas que solo sean medidas populistas para ganar votos, como ejemplo muy claro para entender esto último es como cuando se tiene una penalidad de 70 años por el delito de secuestro pero promueves una iniciativa de ley, para que se eleve a cadena perpetua, si lo analizamos, veremos que para que un adulto sea castigado por tal delito en esa magnitud, primero debe ser mayor de edad, es decir mínimo requerido 18 años, más 70 de la penalidad, aunado a esto, las actuales restricciones por delitos graves no permiten ningún beneficio de la ley para salir de manera anticipada, es decir que forzosamente, debería salir a los 88 años, si es que llega a dicha edad, por lo que ya tuvo una cadena perpetua de hecho, hacer una modificación o iniciativa de ley para elevarla aún más, es meramente populista y no representa utilidad pública alguna.

En el ejemplo, solo se citó una de las tantas maneras de hacerse notar por parte de algunos legisladores o de políticos que prometen alguna modificación, en específico debemos hablar de la modificación que en el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el día de ayer sobre el dictamen de la prisión preventiva oficiosa al hacer una reforma al artículo 19 constitucional, que fue aprobada a su vez por el senado el pasado 6 de diciembre del 2018 en la que se busca ampliar el catálogo de delitos en los que se puede aplicar la prisión preventiva oficiosa.

Dichos delitos son la desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, el huachicoleo, los delitos en materia de armas de fuego y explosivos, de uso exclusivo del Ejército, el abuso sexual contra menores, el uso de programas sociales con fines electorales, el robo de transportes y la corrupción.

Aunque de entrada y de manera muy genérica puede parecer apropiada para la guerra que emprendió el Presidente López Obrador contra el huachicoleo, nombre común que se le ha dado al daño en propiedad ajena, robo y tráfico ilegal de combustibles y venta ilegal de los mismos, así como para cumplir con la promesa de campaña del combate a la corrupción, es un verdadero riesgo y una violación a la presunción de inocencia plasmada en la propia constitución y reiterada con la creación del nuevo sistema penal, pues en determinado momento serían puestos en prisión personas que aún sin ser acusadas formalmente y con evidencias incuestionables hasta que puedan demostrar su inocencia.

Es decir que iríamos en retroceso al ser privados de la libertad mientras se realizan las investigaciones para ver si eres verdaderamente culpable. Esto es un atentado directo a los derechos humanos de las personas, incongruente con los tratados internacionales de los que México forma parte y una herramienta que puede ser utilizada para destituir funcionarios y mantenerlos en prisión a conveniencia, por simplemente acusarlos de corrupción.

Si bien es cierto, se debe aplicar ciertos requisitos para que sea aplicada, como el hecho de que no se pueda garantizar la comparecencia del imputado; estos quedan a criterio del Juez de Control, y algunos de los delitos quedan demasiado ambiguos.

Corrupción es tan amplio que puede ir desde darle dinero al agente de tránsito, ya sea que lo haya ofrecido (soborno) o exigido por el agente (cohecho), hasta la influencia en decisiones de negocios gubernamentales para obtener un beneficio o favoritismo para cierta empresa, donde no se cumplen las reglas de las licitaciones; y que además sean plenamente demostrados con pruebas irrefutables, o la simulación de un proceso legislativo.

El mal uso de esta reforma en la constitución, de hecho, sería suficiente para encerrar a muchos miembros del poder judicial, del ejecutivo y del propio legislativo, por lo que se requeriría de un organismo autónomo para verificar que se cumpla conforme a derecho y el cual estaría a su vez sometido a no incurrir en corrupción durante el proceso, por lo que se vuelve un círculo vicioso lleno de telarañas, enredos y riesgos infinitos a que no se cumpla o se castigue a los que no son los verdaderos culpables.

Aún falta la aprobación de por lo menos 17 congresos locales, para que la reforma constitucional se realice, esperemos que se haga un verdadero análisis de los pros y contras de dicha reforma para que no se violen derechos por simples medidas populistas.

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