REVOCACIÓN DE LINEAMIENTOS DEL INE SOBRE PARIDAD, UNA RESOLUCIÓN EQUIVOCADA DEL TEPJF

16-diciembre-2020-paridad

La diputada Guadalupe Almaguer Pardo (PRD), consejera del Poder Legislativo ante el Instituto Nacional Electoral (INE), afirmó que es equivocada la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que revoca los lineamientos del INE en materia de paridad de género para las elecciones de 2021.

En un comunicado, relativo a su participación en la reciente sesión del INE, la legisladora señaló que “ante la falta de lineamientos específicos sobre paridad de género en la ley, que en el Poder Legislativo no aprobamos con oportunidad, es el INE el encargado de hacer cumplir con este principio”.

El pasado lunes, el TEPJ resolvió que el INE no tiene facultad para emitir los lineamientos faltantes en la legislación sobre paridad de género, por lo cual desechó el acuerdo del Instituto que ordenaba a los partidos políticos postular al menos 7 mujeres como candidatas para competir por las 15 gubernaturas en 2021.

“Los argumentos de las y los magistrados sobre el hecho de que a la fecha no existan directrices por parte de la Legislatura para la postulación paritaria en gubernaturas, y que esto no habilita a las autoridades electorales a imponer obligaciones a los partidos políticos, me parece equivocada, ya que, si existe en la Constitución y en las leyes la normatividad que garantiza y obliga la paridad de género”, argumentó.

“Aunque las magistradas y los magistrados vincularon al Congreso General y a los congresos locales para que legislemos y garanticemos la paridad respecto de las gubernaturas en los próximos procesos electorales posteriores a los de 2021, es menester dar todas las herramientas al INE para el cabal cumplimiento de la paridad de género en estos procesos electorales que ya comenzaron”, abundó la diputada.

Asimismo, expresó su preocupación por la resolución del TEPJF sobre la revocación de las medidas cautelares emitidas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que ordenaban al Presidente de la República abstenerse de emitir expresiones y/o declaraciones de índole electoral, así como utilizar los espacios de comunicación oficial y/o aprovechar las funciones inherentes a su cargo para esos mismos efectos.

“Es preocupante que el Tribunal considere que las medidas cautelares deben ser parte de un procedimiento principal, y no pueden ser dictadas sobre situaciones que todavía no acontecen. Además de que, por primera vez, se establece una medida de apremio contra los tres consejeros del INE que integran la Comisión de Quejas (Adriana Favela, Claudia Zavala y Ciro Murayama), por no ajustarse a criterios establecidos por la Sala Superior. Me parece que el Tribunal excede sus facultades”, comentó.

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