CNDH FELIZ CON SENTENCIA DE SUPREMA CORTE

22-mayo-19-cndh

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoció el día de ayer, la declaración de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de los artículos 6, párrafo primero, fracciones II, III y IV, incisos b) y c), así como el párrafo último, y 7, párrafo primero fracciones I, inciso a), II y IV, de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, por considerar que establecían una regulación deficiente para fijar las percepciones del personal del servicio público.

Asimismo, se congratuló por la interpretación del Pleno de la SCJN del artículo 12, para que los créditos y préstamos no se consideren parte de las remuneraciones de las personas servidoras públicas, lo que permitirá garantizar su aplicación de acuerdo con esta decisión, en beneficio de todas las personas que prestan sus servicios al Estado.

El Máximo Tribunal del país notificó a la Comisión Nacional los puntos resolutivos de la sentencia dictada este lunes 20 de mayo, con la cual se reitera que las remuneraciones de las personas del servicio público deben ser reguladas de conformidad con el texto constitucional en su integridad, atendiendo a los principios que señalan los tratados internacionales de los que México forma parte.

La CNDH señalo que la determinación del Pleno de la Suprema Corte representa un precedente fundamental para la fijación de parámetros y criterios objetivos que permitan hacer efectivo el texto constitucional en materia de remuneraciones de las personas servidoras públicas.

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