LA PRIMERA SALA CONOCERÁ DE UN ASUNTO SOBRE EL ALCANCE DEL DERECHO DE ACCESO A LA JUSTICIA EN RELACIÓN CON LA PRESENTACIÓN DE UNA DEMANDA DE AMPARO POR VÍA ELECTRÓNICA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión de Primera Sala, determinó conocer de un asunto en el que subyace la posibilidad de fijar el carácter y valor probatorio que se debe otorgar a los documentos públicos digitalizados o escaneados que se ingresen al expediente electrónico para acreditar el interés jurídico, con el objetivo de salvaguardar la seguridad jurídica de quienes decidan promover el juicio constitucional por vía electrónica.
El asunto también tiene el potencial para que la Primera Sala continúe el desarrollo de su línea jurisprudencial sobre el uso eficaz y eficiente de las tecnologías de la información para presentar una demanda de amparo utilizando la firma electrónica, con la finalidad de que toda persona obtenga justicia de forma pronta, completa e imparcial.
El conocimiento del asunto daría la oportunidad de establecer si es posible impugnar la regularidad constitucional de un precepto de los Acuerdos Generales emitidos de manera conjunta por este Alto Tribunal, pues sobre dicho tema aún no existe un criterio específico que lo determine.
El eventual pronunciamiento de esta Sala repercutiría en los casos en que se presente una demanda de amparo por medios electrónicos y para acreditar el interés jurídico necesario para promover el juicio constitucional, se anexen a la demanda documentos públicos mediante un procedimiento de escaneo.Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 782/2019, Ponente Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Sesión 4 de marzo de 2020.