SENADO APRUEBA REFORMA PARA JUZGAR AL PRESIDENTE Y A INTEGRANTES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN
El Senado de la República reformó los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para someter a proceso penal al Presidente de la República, no sólo por traición a la patria –como se establece ahora-, sino también por hechos de corrupción y delitos electorales, entre otros, luego que en el Pleno fueran discutidas y aprobadas dichas reformas con 111 votos en favor y uno solo en contra.
En tales reformas, fueron incluidos los delitos señalados en el segundo párrafo del artículo 19, que son: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, y delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
Las modificaciones al capítulo “De las responsabilidades de los servidores públicos, particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción, y patrimonial del Estado”, también serán aplicables a los integrantes de ambas Cámaras del Congreso de la Unión.
En todos los casos se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 111 constitucional, que establece que, para proceder penalmente contra el Presidente, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110, referente al juicio político. En este supuesto, el Senado resolverá con base en la legislación penal aplicable.
En favor de la reforma expusieron los senadores Nancy de la Sierra (PT) y Salomón Jara (Morena), que señalaron que las modificaciones representan la construcción de un nuevo régimen político para juzgar al Presidente de la República y se elimina la opacidad. Las modificaciones aprobadas a la Constitución fueron remitidas a la Cámara de Diputados.