LA CORTE PENAL INTERNACIONAL INVESTIGARÁ PRESUNTOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD CONTRA LOS ROHINGYÁ
Los magistrados de la Corte Penal Internacional (CPI) autorizaron este jueves a la fiscalía de esa instancia a abrir una investigación formal sobre los presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos sistemáticamente contra la minoría rohinyá en la frontera de ese país con su vecino Bangladesh.
La aprobación de las pesquisas responde a la solicitud presentada el 4 de julio de este año por la fiscalía y a peticiones de centenares de miles de supuestas víctimas.
De acuerdo con los registros de la Corte, las presuntas víctimas insistieron de manera unánime en la necesidad de una indagación, argumentando que sólo la justicia y la rendición de cuentas pueden garantizar el fin del ciclo de violencia en su contra.
La Cámara del tribunal encargada del caso, integrada por los jueces Olga Herrera Carbuccia, Robert Fremr y Goeffrey Henderson, escuchó a todos los individuos y organizaciones que acudieron en calidad de víctimas o de asesores de éstas a pedir que se abriera el proceso.
Los colegiados determinaron que la CPI podría ejercer su jurisdicción sobre los delitos denunciados ocurridos en un Estado parte de su Estatuto. En este caso, Bangladesh es parte por haber ratificado el Estatuto de Roma en 2010. Myanmar, en cambio, no es parte de la máxima instancia judicial del sistema de la ONU.
La Cámara consideró que existe una base razonable para creer que los actos sistemáticos de violencia pueden catalogarse como crímenes de lesa humanidad y listó entre ellos la deportación y persecución por motivos étnicos y religiosos contra la población rohingyá.
Los jueces no determinaron si se investigarían otro tipo de crímenes dentro de su jurisdicción, pero no descartó que pueda haber una futura indagación sobre ellos.
Los documentos proporcionados dan cuenta de entre 600.000 y un millón de rohinyás desplazados de manera forzada de Myanmar a Bangladesh.
El procedimiento
Para iniciar la investigación, la Oficina del Fiscal reunirá las pruebas necesarias provenientes de distintas fuentes confiables de manera independiente, imparcial y objetiva.
La averiguación no tiene límite de tiempo y puede durar lo que la fiscalía considere necesario para obtener las evidencias.
De encontrar pruebas suficientes para establecer que individuos particulares habrían incurrido en actos de responsabilidad penal, la fiscalía solicitaría a los jueces que emitieran citaciones u órdenes de arresto, según el caso.Los Estados tienen la responsabilidad de que se cumplan las eventuales órdenes de arresto emitidas por la Corte. Los Estados parte del Estatuto de Roma tienen la obligación legal de cooperar con la Corte. Los otros Estados tienen la capacidad de decidir si desean colaborar voluntariamente.